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La ley 26.815 no es de presupuestos mínimos
Por Osvaldo Carlos Sidoli
“No se entiende, así, que la ley 26.815 sea de presupuestos mínimos. Si bien resulta necesario para la protección de los incendios forestales la creación por ley de una autoridad nacional al respecto, la misma no establece conceptos y criterios de protección ambiental; solamente crea una autoridad nacional y un procedimiento administrativo a seguir. No se protege el recurso (bosques, suelos, agua o aire), sino que se establecen parámetros para su gestión, lo que claramente constituye una norma que colisionaría con las facultades propias de las provincias en materia de administración del patrimonio natural.”
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Términos mencionados en esta doctrina: protección, presupuestos, autoridad, nacional.